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PUBLICADO POR:
Gonzalo Quiroga Sardi
SOCIO DIRECTOR QUIROGA Y ASOCIADOS ABOGADOS
PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE MOROSIDAD ASSET
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NUEVAS SANCIONES POR NO DEPOSITAR LAS CUENTAS ANUALES. SU APLICACIÓN FACILITARÁ LA DECISIÓN DE CONCEDER CRÉDITO.
La Ley de Sociedades de Capital y el propio Reglamento del Registro Mercantil establecen desde hace tiempo tanto la obligación de las empresas y sus administradores de depositar las cuentas anuales de cada ejercicio como la posibilidad de imponer sanciones para el caso de que dicha obligación sea desatendida..
Sin embargo, hasta la fecha, eran muy pocos los casos en los que llegaba a sancionarse esta conducta, fundamentalmente porque la persecución y castigo de estas infracciones se reservaban al I.C.A.C. (Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas) que carecía de medios y recursos para poder gestionarlo de forma eficiente.
Esta situación cambia ahora pues con el Real Decreto 2/2021 de 12 de enero, por el que se establece el Reglamento de desarrollo de la Ley 22/2015 de Auditoría de Cuentas, se han tomado medidas …LEER TODO EL ARTÍCULO
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